Artículo 2053 de Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza
Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 2053. En las obligaciones solidarias con cláusula penal, bastará la contravención de uno de los deudores para que se incurra en la pena.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.