Artículo 2086 de Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza
Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 2086. Para la comprobación del acto secreto en la simulación absoluta o relativa, se admiten todos los medios de prueba que el derecho establece.
Asimismo se admiten tales medios, para demostrar la falsedad del negocio ostensible o aparente.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.