Artículo 2496 de Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza
Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 2496. La novación es un contrato y como tal, está sujeto a las disposiciones respectivas, salvo las modificaciones siguientes.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.