Código Civil estatal

Artículo 2584 de Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza

Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTÍCULO 2584. La obligación no deja de ser solidaria por el hecho de que los deudores singulares estén obligados cada uno con modalidades diversas, o el deudor común esté obligado con modalidades diversas frente a los acreedores singulares.

SUBSECCIÓN PRIMERA DE LA SOLIDARIDAD PASIVA

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 2584 de Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza?

La obligación no deja de ser solidaria por el hecho de que los deudores singulares estén obligados cada uno con modalidades diversas, o el deudor común esté obligado con modalidades diversas frente a los acreedores…

¿Está vigente el artículo 2584?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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