Artículo 3445 de Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza
Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 3445. La hipoteca no puede ser tácita ni general. Para producir efectos contra tercero, necesita siempre que se inscriba en el Registro Público.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.