Código Civil estatal

Artículo 767 de Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza

Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTÍCULO 767. El coheredero que quiera vender a un extraño su derecho hereditario debe notificar a los demás coherederos por medio de notario, judicialmente o por medio de dos testigos, las bases o condiciones en que se ha concertado la venta, a fin de que aquéllos, dentro del término de diez días naturales, hagan uso del derecho del tanto.

Si los herederos hacen uso de este derecho, el vendedor está obligado a consumar la venta a su favor, conforme a las bases concertadas. Por el solo transcurso de dichos diez días sin hacerlo valer, caduca el derecho del tanto. La venta será nula si se hace omitiéndose la notificación prescrita en este artículo, o en circunstancias, condiciones o términos distintos al contenido de la notificación.

El derecho del tanto concedido en el párrafo anterior no podrá hacerse valer si la enajenación se hizo a un coheredero.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 767 de Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 767 de Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza?

El coheredero que quiera vender a un extraño su derecho hereditario debe notificar a los demás coherederos por medio de notario, judicialmente o por medio de dos testigos, las bases o condiciones en que se ha concertado…

¿Está vigente el artículo 767?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.