Artículo 782 de Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza
Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 782. Es válido el testamento hecho por una persona con discapacidad mental o psicosocial, con tal de que se observen las prescripciones establecidas en los artículos siguientes.
(REFORMADO, P.O. 27 DE JUNIO DE 2023)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.