Artículo 965 de Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza
Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 965. El testamento no producirá efectos cuando se otorgue en contravención a las formas prescritas por la ley.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.