Artículo 966 de Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza
Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 966. Son nulas:
I. La renuncia del derecho de testar.
II. La obligación condicional de testar.
III. La renuncia de la facultad de revocar el testamento.
IV. La disposición por la que el testador imposibilite directa o indirectamente a las autoridades, la facultad de intervenir en la sucesión, según lo establecido por la ley.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.