Artículo 282 de Código Civil para el Estado de Colima
Código Civil para el Estado de Colima · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ART. 282.- (DEROGADO, P.O. 17 DE JULIO DE 2021)
(REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, P.O. 20 DE AGOSTO DE 2022)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.