Código Civil estatal

Artículo 35 de Código Civil para el Estado de Colima

Código Civil para el Estado de Colima · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ART. 35.- En el Estado de Colima estará a cargo de los Oficiales del Registro Civil autorizar con la firma autógrafa o con la firma electrónica certificada, los actos del estado civil y extender las actas relativas a:

I. Nacimiento;

II. Reconocimiento de hijos;

III. Adopción;

IV. Matrimonio;

V. Divorcio;

VI. Tutela;

VII. Muerte de los mexicanos y extranjeros residentes en el territorio del mismo;

VIII. Las ejecutorias que declaren la ausencia, la presunción de muerte o que se ha perdido la capacidad legal para administrar bienes; y (REFORMADA, P.O. 6 DE ABRIL DE 2019)

IX. Levantamiento de un acta de nacimiento para el reconocimiento de identidad de género, previa la anotación correspondiente al acta de nacimiento primigenia.

(ADICIONADO, P.O. 9 DE OCTUBRE DE 2010)

En materia de actos del estado civil, podrán emplearse medios electrónicos, ópticos, magnéticos o cualquier otra tecnología. Tales actos podrán hacerse constar mediante mensajes de datos con firma electrónica certificada.

(REFORMADO, P.O. 6 DE ABRIL DE 2019)

Las personas titulares de las Oficialías del Registro Civil y las auxiliares de éstas, estarán bajo la coordinación, inspección y vigilancia de la Dirección General del Registro Civil.

(REFORMADO, P.O. 9 DE OCTUBRE DE 2010)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 35 de Código Civil para el Estado de Colima?

ART. 35.- En el Estado de Colima estará a cargo de los Oficiales del Registro Civil autorizar con la firma autógrafa o con la firma electrónica certificada, los actos del estado civil y extender las actas relativas a:…

¿Está vigente el artículo 35?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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