Artículo 2586 de Código Civil para el Estado de Guanajuato
Código Civil para el Estado de Guanajuato · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Art. 2586. La disposición hecha a favor de los pobres en general, se sujetará a lo dispuesto por la Ley del Servicio Social.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.