Artículo 2699 de Código Civil para el Estado de Hidalgo
Código Civil para el Estado de Hidalgo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Art. 2699.- El socio excluído es responsable de la parte de pérdidas que le corresponda, y los otros socios pueden retener la parte del capital y utilidades de aquél, hasta concluir las operaciones pendientes al tiempo de la declaración, debiendo hacerse hasta entonces la liquidación correspondiente.
(ADICIONADO, P.O. 27 DE JULIO DE 2022)
Art. 2699 BIS.- La asamblea general de socios es el órgano supremo de la sociedad; podrá acordar y ratificar todos los actos y operaciones de ésta y sus resoluciones podrán ser ejecutadas por el socio que en ellas se señale, o a falta de esto, por el socio administrador único o por los socios administradores.
(ADICIONADO, P.O. 27 DE JULIO DE 2022)
Art. 2699 TER.- La asamblea general de socios sólo se ocupará de los asuntos contenidos en la respectiva orden del día. Sus decisiones serán tomadas por mayoría de votos de los miembros presentes, incluyendo los de aquellos que hayan atendido la asamblea por videoconferencia y participado en la misma, en proporción a su participación en el capital social, salvo los casos previstos en los artículos 2689, 2696, 2698 y 2702 del presente Código.
(ADICIONADO, P.O. 27 DE JULIO DE 2022)
Art. 2699 QUATER.- La convocatoria para las asambleas de socios debe hacerse con una anticipación de quince días naturales antes de la fecha señalada para su desahogo. Durante este lapso, estará a disposición de los asociados, en las oficinas de la dirección, el informe por medio del cual, el o los directores deban rendir cuentas de manera anual.
(ADICIONADO, P.O. 27 DE JULIO DE 2022)
Art. 2699 QUINQUIES.- La convocatoria a las asambleas generales de socios deberá contener la orden del día y será firmada (sic) el socio o socios que tengan a su cargo la administración de la sociedad.
(ADICIONADO, P.O. 27 DE JULIO DE 2022)
Art. 2699 SEXTIES.- Las resoluciones tomadas por la asamblea en contravención de lo que disponen los dos artículos anteriores no surtirán efecto alguno, salvo que en el momento de la votación hayan estado presentes la totalidad de los asociados.
(ADICIONADO, P.O. 27 DE JULIO DE 2022)
Art. 2699 SEPTIES.- Las asambleas generales de socios estarán legalmente reunidas cuando se encuentren presentes, por lo menos, por lo menos (sic)
los socios que representen la mitad del capital social.
(ADICIONADO, P.O. 27 DE JULIO DE 2022)
Art. 2699 OCTIES.- Si la asamblea no pudiere celebrarse el día y hora señalado para su desahogo, se hará una segunda convocatoria bajo el mismo orden del día, expresando la causa que generó la imposibilidad para desahogarla y, se llevará a cabo cualquiera que sea el número de partes sociales representadas.
(ADICIONADO, P.O. 27 DE JULIO DE 2022)
Art. 2699 NONIES.- Las asambleas de socios, serán presididas por el socio administrador único o por el presidente de los socios administradores, pero podrán designar a algún socio que, en su ausencia lo o los represente.
(ADICIONADO, P.O. 27 DE JULIO DE 2022)
Art. 2699 DECIES.- Los socios que deban fungir como Secretario y, como Escrutador en las asambleas, serán designados conforme a lo establecido en los estatutos de la sociedad y, a falta de esta previsión, el socio administrador único o el presidente de los socios administradores designarán de entre los socios presentes en la asamblea a quienes deban ejercer tales funciones.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.