Artículo 2731 de Código Civil para el Estado de Hidalgo
Código Civil para el Estado de Hidalgo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Art. 2731.- Concedida la autorización por la Secretaría de Relaciones Exteriores, se inscribirán en el Registro los estatutos de las asociaciones y sociedades extranjeras.
(ADICIONADO CON LOS ARTÍCULOS QUE LO INTEGRAN, P.O. 27 DE JULIO DE 2022)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.