Artículo 2526 de Código Civil para el Estado de Nayarit
Código Civil para el Estado de Nayarit · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 2526.- El legado puede consistir en la prestación de la cosa o en la de algún hecho o servicio.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.