Artículo 624 de Código Civil para el Estado de Nayarit
Código Civil para el Estado de Nayarit · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 624.- Los Jueces de Primera Instancia del ramo Civil y los jueces Mixtos de Primera Instancia, son las autoridades encargadas exclusivamente de intervenir en los asuntos relativos a la tutela. Ejercerán una sobrevigilancia sobre el conjunto de los actos del tutor, para impedir, por medio de disposiciones apropiadas, la transgresión de sus deberes.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.