¿Qué establece el artículo 1289 de Código Civil para el Estado de Nuevo León?
Art. 1289.- El legado puede consistir en la prestación de la cosa o en la de algún hecho o servicio.
¿Está vigente el artículo 1289?
El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).
¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?
Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.