Artículo 2019 de Código Civil para el Estado de Nuevo León
Código Civil para el Estado de Nuevo León · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Art. 2019.- El fallo judicial impone al que enajena la obligación de indemnizar en los términos siguientes:
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.