Artículo 2570 de Código Civil para el Estado de Oaxaca
Código Civil para el Estado de Oaxaca · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 2570.- Las asociaciones de beneficencia se regirán por las leyes especiales correspondientes.
Sección Segunda De las sociedades
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.