Artículo 2572 de Código Civil para el Estado de Oaxaca
Código Civil para el Estado de Oaxaca · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 2572.- La aportación de los socios puede consistir en una cantidad de dinero u otros bienes, o en su industria. La aportación de bienes implica la trasmisión de su domino a la sociedad, salvo que expresamente se pacte otra cosa.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.