Artículo 2743 de Código Civil para el Estado de Oaxaca
Código Civil para el Estado de Oaxaca · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 2743.- Cuando la cosa dada en prenda sea un título de crédito que legalmente deba constar en el Instituto de la Función Registral, no surtirá efecto contra tercero el derecho de prenda, sino desde que se inscriba en el Instituto de la Función Registral.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.