Código Civil estatal

Artículo 1019 de Código Civil para el Estado de Quintana Roo

Código Civil para el Estado de Quintana Roo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 1019.- La patria potestad se suspende:

I.- Por incapacidad declarada judicialmente;

II.- Por la ausencia declarada en forma; y III.- Por sentencia condenatoria que imponga como pena la suspensión;

(ADICIONADA, P.O. 10 DE DICIEMBRE DE 2010)

IV.- Por no permitir que se lleven a cabo las convivencias decretadas por autoridad competente o en convenio aprobado judicialmente.

(ADICIONADO, P.O. 27 DE NOVIEMBRE DE 2007)

Artículo 1019 BIS.- La suspensión de la patria potestad suspende automáticamente la guarda y custodia de la persona menor de edad.

La pérdida de la patria potestad da lugar a la pérdida de la guarda y custodia de la persona menor de edad.

(REFORMADO, P.O. 10 DE DICIEMBRE DE 2010)

Artículo 1019 TER.- El padre y la madre, aunque pierdan la patria potestad quedan sujetos a todas las obligaciones de crianza que tienen para con sus hijos.

(ADICIONADO, P.O. 7 DE SEPTIEMBRE DE 2022)

Artículo 1019 QUÁTER. La persona juzgadora puede, en beneficio de las niñas, niños o adolescentes, modificar el ejercicio de la patria potestad o custodia cuando la tenga decretada judicialmente, ya sea provisional o definitiva sobre ellos, cuando se acredite que las niñas, niños o adolescentes, han sido o están siendo utilizados como medio para cometer violencia vicaria, contra alguno de sus progenitores.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1019 de Código Civil para el Estado de Quintana Roo?

La patria potestad se suspende: I.- Por incapacidad declarada judicialmente; II.- Por la ausencia declarada en forma; y III.- Por sentencia condenatoria que imponga como pena la suspensión; (ADICIONADA, P.O. 10 DE…

¿Está vigente el artículo 1019?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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