Artículo 1164 de Código Civil para el Estado de Quintana Roo
Código Civil para el Estado de Quintana Roo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 1164.- La cuenta de administración comprenderá no sólo las cantidades en numerario que hubiere recibido el tutor por producto de los bienes y la aplicación que les haya dado, sino, en general, todas las operaciones que se hubieren practicado e irá acompañada de los documentos justificativos y de un balance del estado de los bienes.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.