Artículo 1626 de Código Civil para el Estado de Quintana Roo
Código Civil para el Estado de Quintana Roo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 1626.- El albacea que renuncia con justa causa perderá lo que le hubiere dejado el testador, si este legado o herencia tuvo por objeto remunerarlo por el desempeño del cargo.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.