Artículo 2245 de Código Civil para el Estado de Quintana Roo
Código Civil para el Estado de Quintana Roo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 2245.- La imposibilidad para el cumplimiento de la obligación debe ser absoluta, esto es, que ni el deudor ni nadie puedan realizar la prestación materia de aquélla.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.