Artículo 239 de Código Civil para el Estado de Quintana Roo
Código Civil para el Estado de Quintana Roo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 239.- Toda persona capaz puede obligarse por su sola declaración unilateral de voluntad, siempre que se trate de una obligación lícita y posible.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.