Artículo 240 de Código Civil para el Estado de Quintana Roo
Código Civil para el Estado de Quintana Roo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 240.- Las disposiciones legales sobre los negocios jurídicos en general, son aplicables a los casos innominados de declaración unilateral de voluntad.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.