Artículo 2751 de Código Civil para el Estado de Quintana Roo
Código Civil para el Estado de Quintana Roo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 2751.- Puede pactarse que en la renta estén o no incluidos el mantenimiento del bien arrendado y la asesoría técnica para el manejo del mismo.
El pacto puede celebrarlo directamente el fabricante con el arrendatario, o éste con el arrendador, previo convenio en este último caso, de éste y el fabricante.
Los referidos servicios pueden también prestarse gratuitamente o mediante el pago adicional periódico de una determinada cantidad de dinero.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.