Artículo 352 de Código Civil para el Estado de Quintana Roo
Código Civil para el Estado de Quintana Roo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 352.- Cuando la condición resolutoria a la que se sujetó la vigencia de un negocio jurídico, no llega a realizarse dentro del plazo fijado o se tiene la certeza de que no podrá cumplirse, el negocio se convierte en puro y simple.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.