Artículo 499 de Código Civil para el Estado de Quintana Roo
Código Civil para el Estado de Quintana Roo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 499.- Las fundaciones son personas jurídicas que se constituyen mediante la afectación de bienes de propiedad particular a fines asistenciales, educativos y culturales.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.