Artículo 531 de Código Civil para el Estado de Quintana Roo
Código Civil para el Estado de Quintana Roo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 531.- Son nulos los actos y negocios jurídicos realizados por las niñas, niños o adolescentes no sujetos a patria potestad y por las personas mayores con incapacidad legal, antes del nombramiento de la persona tutora, si la minoridad o la causa de la incapacidad eran patentes y notorias al momento de realizarse el acto o negocio.
(REFORMADO, P.O. 31 DE MAYO DE 2023)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.