Artículo 607 de Código Civil para el Estado de Quintana Roo
Código Civil para el Estado de Quintana Roo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 607.- La posesión de estado no puede perderse sino por sentencia firme, dictada en juicio ordinario en el que se admitan todos los recursos que la ley establece para los juicios de mayor cuantía.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.