Artículo 667 de Código Civil para el Estado de Quintana Roo
Código Civil para el Estado de Quintana Roo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 667.- Con relación a las personas físicas son ilícitos los hechos o actos que:
1. Dañen o puedan dañar la vida de ellas;
2. Restrinjan o puedan restringir, fuera de los casos permitidos por la ley, su libertad;
3. Afecten o puedan afectar la integridad física de las mismas;
4. Lastimen el afecto, cualquiera que sea la causa de éste, que tengan ellas por otras personas o por un bien.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.