Código Civil estatal

Artículo 828 de Código Civil para el Estado de Quintana Roo

Código Civil para el Estado de Quintana Roo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 828.- Afinidad es el parentesco que se adquiere por el matrimonio entre las personas contrayentes y sus respectivos parientes.

La misma calidad opera tratándose del concubinato y sus respectivos parientes.

Disuelto el matrimonio o concubinato desaparece el parentesco por afinidad en la línea colateral; pero subsiste en la línea recta, en todos los casos en que esta ley se refiere a tal parentesco.

(REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, P.O. 22 DE OCTUBRE DE 2021)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 828 de Código Civil para el Estado de Quintana Roo?

Afinidad es el parentesco que se adquiere por el matrimonio entre las personas contrayentes y sus respectivos parientes. La misma calidad opera tratándose del concubinato y sus respectivos parientes. Disuelto el…

¿Está vigente el artículo 828?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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