Artículo 115 de Código Civil para el Estado de Tabasco — Tabasco
Código Civil para el Estado de Tabasco — Tabasco · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 115.- Solicitud Las personas que pretenden contraer matrimonio presentarán un escrito ante el Oficial del Registro Civil del domicilio de cualquiera de ellas, que exprese:
I.- Nombres, edad, ocupación y domicilio de los pretendientes, así como de sus padres si fueren conocidos; cuando alguno de los pretendientes o los dos hayan sido casados, se expresará el nombre de la persona con quien se haya celebrado el anterior matrimonio, la causa de su disolución y la fecha de éste;
II.- Que no tienen impedimento legal para casarse; y III.- Que es su voluntad unirse en matrimonio, precisando si el régimen económico de éste será el de separación de bienes o el de sociedad conyugal.
Este escrito deberá ser firmado por los solicitantes y si alguno no pudiere o no supiere escribir, imprimirá su huella digital.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.