Artículo 1455 de Código Civil para el Estado de Tabasco
Código Civil para el Estado de Tabasco · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 1455.- Entrega con accesorios El bien legado deberá ser entregado con todos sus accesorios y en el estado en que se halle al morir el testador.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.