Artículo 1654 de Código Civil para el Estado de Tabasco
Código Civil para el Estado de Tabasco · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 1654.- Normas Los testamentos hechos fuera del territorio del Estado de Tabasco, pero dentro de la República y los hechos en el extranjero se regirán en cuanto a su forma y efectos por lo dispuesto, respectivamente, en los artículos 15 y17 (sic) de este Código.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.