Artículo 1918 de Código Civil para el Estado de Tabasco
Código Civil para el Estado de Tabasco · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 1918.- Por qué puede ser invalidado El contrato puede ser invalidado:
I.- Por incapacidad legal de las partes o de una de ellas;
II.- Por vicios del consentimiento;
III.- Porque su fin o su motivo sean ilícitos;
IV.- Porque sea ilícito el objeto de las obligaciones pactadas en él; y V.- Porque el consentimiento no se haya manifestado en la forma que la ley establece.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.