Artículo 2027 de Código Civil para el Estado de Tabasco
Código Civil para el Estado de Tabasco · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 2027.- Independencia de la responsabilidad La responsabilidad establecida en el artículo 2024 es independiente de cualquier otra que establezca una ley tabasqueña que no tenga carácter civil.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.