Artículo 2040 de Código Civil para el Estado de Tabasco
Código Civil para el Estado de Tabasco · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 2040.- Reclamación al responsable En los casos previstos por los artículos 2032 y 2037 a 2039, el que sufre el daño puede exigir la reparación directamente del responsable, en los términos de este Título.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.