Artículo 2082 de Código Civil para el Estado de Tabasco
Código Civil para el Estado de Tabasco · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 2082.- Causal La condición es causal cuando depende enteramente del caso, o de la voluntad de un tercero no interesado en el contrato.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.