Código Civil estatal

Artículo 2549 de Código Civil para el Estado de Tabasco

Código Civil para el Estado de Tabasco · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTICULO 2549.- Cómo puede ser La entrega puede ser real, jurídica o virtual.

La entrega real consiste en la entrega material del bien vendido o en la entrega del título si se trata de un derecho.

Hay entrega jurídica o virtual cuando, aun sin estar entregado materialmente el bien, la ley lo considera recibido por el comprador.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 2549 de Código Civil para el Estado de Tabasco a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 2549 de Código Civil para el Estado de Tabasco?

Cómo puede ser La entrega puede ser real, jurídica o virtual. La entrega real consiste en la entrega material del bien vendido o en la entrega del título si se trata de un derecho. Hay entrega jurídica o virtual cuando,…

¿Está vigente el artículo 2549?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.