Artículo 3019 de Código Civil para el Estado de Tabasco — Tabasco
Código Civil para el Estado de Tabasco — Tabasco · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 3019.- Formalidad El contrato de renta vitalicia debe constar por escrito, y en escritura pública cuando los bienes cuya propiedad se transfiera deban enajenarse con esa formalidad.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.