Artículo 3185 de Código Civil para el Estado de Tabasco
Código Civil para el Estado de Tabasco · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 3185.- Incumplimiento en el pago parcial de la prenda (F. DE E., P.O. 22 DE NOVIEMBRE DE 1997)
Cuando en el contrato de prenda agraria se hubiere estipulado que el deudor cancelará la obligación por medio de pagos parciales y periódicos, la falta oportuna de tres pagos consecutivos autoriza al acreedor para solicitar del juzgador el embargo de los bienes para la cancelación de la prenda, con el abono de los intereses que faltaren hasta el vencimiento del plazo originalmente pactado.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.