Artículo 3209 de Código Civil para el Estado de Tabasco
Código Civil para el Estado de Tabasco · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 3209.- Determinación de la porción que garantizan Cuando se hipotequen varias fincas para la seguridad de un crédito, es forzoso determinar por qué porción de crédito responde cada finca, y puede cada una de ellas ser redimida del gravamen, pagándose la parte del crédito que garantiza.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.