Artículo 626 de Código Civil para el Estado de Tabasco
Código Civil para el Estado de Tabasco · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 626.- Convenio celebrado entre parientes del tutor y el pupilo El convenio celebrado entre los parientes del tutor y el que estuvo bajo su guarda, dentro del mes siguiente a la terminación de la tutela, vale contra aquéllos, pero no contra éste.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.