Artículo 877 de Código Civil para el Estado de Tabasco
Código Civil para el Estado de Tabasco · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 877.- Concepto Posesión es:
I.- El poder de hecho que se ejerce en forma directa y exclusiva sobre un bien corporal para su aprovechamiento total o parcial o para su custodia; y II.- El goce de un derecho.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.