Artículo 2610 de Código Civil para el Estado de Tamaulipas
Código Civil para el Estado de Tamaulipas · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 2610.- El testador debe rubricar todas las hojas y firmar al calce del testamento.
El papel en que esté escrito el testamento o el que le sirve de cubierta, deberá estar cerrado y sellado o lo hará cerrar y sellar el testador en el acto del otorgamiento, y lo exhibirá al notario en presencia de tres testigos.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.