Artículo 430 de Código Civil para el Estado de Tamaulipas
Código Civil para el Estado de Tamaulipas · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 430.- Los tutores solamente pueden ser removidos de su cargo por resolución judicial dictada en el procedimiento que corresponda.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.