Artículo 1191 de Código Civil para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave
Código Civil para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 1191 La prescripción negativa se verifica por el solo transcurso del tiempo fijado por la ley.
(REFORMADO, G.O. 6 DE DICIEMBRE DE 1932)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.